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Revisión de la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios

La revisión de la Directiva de Eficiencia Energética de los EdificiosCuando el Código Técnico de la Edificación sigue aún en la trasposición de la directiva europea de 2010, la Comisión Europea presentará en 2022 la actualización de la Directiva (UE) 2018/844, de eficiencia energética de los edificios, aún sin trasponer en España. La causa de estos más de diez años de retraso es doble; por un lado, la exclusión de la energía de la planificación y ordenación del territorio y, por otro, la consideración de la eficiencia energética como un sobrecoste y no una inversión con beneficios económicos para los consumidores y la sociedad.

La nueva Directiva de Eficiencia Energética de la Edificación (EPBD)  se prevé que esté aprobada entre finales de 2023 y 2024.

Marco europeo para la eficiencia energética de los edificios

La Directiva (UE) 2018/844, completa el concepto del Edificio de consumo de Energía Casi Nulo (EECN) que reúne como nuevas instalaciones técnicas del edificio, además de la más alta eficiencia (clase A) y el autoconsumo, la recarga del vehículo eléctrico en el edificio (modelo V2G) y el indicador de preparación para aplicaciones inteligentes en los edificios y su conectividad (clase A++). Entre el 50% y el 100% de la energía que requiera el edificio se cubrirá con renovables “in situ”. El objetivo de las estrategias de rehabilitación a largo plazo será la transformación del parque inmobiliario en EECN y su descarbonización en 2050.

La Directiva (UE) 2019/944, sobre normas para el mercado interior de la electricidad, desarrolla instrumentos de eficiencia energética, como los precios dinámicos de la electricidad, el agregador independiente de la demanda, almacenamiento en baterías, contadores inteligentes y su interoperabilidad, la carga inteligente de vehículos eléctricos en viviendas y edificios, el cliente activo y las comunidades ciudadanas de energía, que definen los recursos energéticos distribuidos y la flexibilidad energética desde el lado de la demanda con una aplicación directa en los edificios y viviendas para integrarlos en el sistema eléctrico como un recurso energético más a incluir en la planificación.

El actual marco europeo contiene una regulación edificatoria y eléctrica que debe trasladarse a los códigos de construcción, licencias municipales y al sistema eléctrico si se quieren cumplir los objetivos de elevar la tasa de rehabilitación, dar valor a la certificación energética, avanzar hacia el edificio descarbonizado e inteligente y crear nuevos mecanismos de financiación y fiscalidad para alcanzar mayores objetivos de eficiencia energética y reducción de emisiones. Sin la incorporación de estos elementos al ordenamiento jurídico, nacional, autonómico y local, la próxima revisión de la directiva de edificios será inalcanzable. 

Medidas que propone la Comisión Europea para descarbonizar el sector de la edificación

La Comisión Europea presentó en 2021 su propuesta de revisión de la Directiva de eficiencia energética de los edificios, dentro del paquete “Fit for 55”, que incluye la revisión, entre otras, de las directivas de fiscalidad energética, renovables y eficiencia energética para adaptar sus objetivos a la reducción del 55% de las emisiones en 2030. Se pretende dar un salto tecnológico y social para transformar la economía a través de su descarbonización, es decir, de sustituir el uso de los combustibles fósiles, carbón, gas y petróleo, por eficiencia energética y energías renovables.

"La revisión de la Directiva de eficiencia energética de los edificios pretende dar un salto tecnológico y social para transformar la economía a través de su descarbonización"

  • La revisión nace lastrada por la ambigüedad de la taxonomía sobre inversiones sostenibles del Reglamento (UE) 2020/852, que permite eufemismos, como el “gas con bajo contenido en carbono”, para dar la etiqueta verde al gas fósil hasta 2050. Resulta una contradicción con los objetivos de descarbonización y de reducción del consumo de energía primaria en un 39% y del 36% de energía final para 2030, fundamentalmente en los sectores difusos, calefacción y refrigeración, transporte e industria, vinculados entre sí en las distintas tipologías de edificios. Esta ambigüedad puede resultar más gravosa cuando se aplique la propuesta de crear un nuevo mercado de derechos de CO2 para los sectores difusos, que suponen el 60% de las emisiones.
  • Los nuevos edificios deberán ser de cero emisiones a partir de 2030 y los públicos a partir de 2027. Se proponen nuevos estándares para que el 15% del parque inmobiliario más ineficiente pase de la calificación energética G a la F.
  • Se extenderá la obligatoriedad de la certificación energética a los edificios que se rehabiliten de forma importante, a todos los edificios públicos, a los que renueven contratos de alquiler y a los que estén en venta o alquiler, de manera que los edificios con peor calificación energética no puedan salir al mercado.
  • Se establecerán hojas de ruta para eliminar en 2040 los combustibles fósiles en calefacción y refrigeración y transformar el parque inmobiliario en edificios de cero emisiones en 2050.
  • ”Pasaporte de rehabilitación” del edificio para facilitar una hoja de ruta individualizada por fases hasta alcanzar el nivel de cero emisiones. Se establecen los “estándares de cartera hipotecaria” para incentivar la financiación de la rehabilitación energética. Los gobiernos incluirán la eficiencia y la rehabilitación energética en las normas de financiación pública y privada, en particular para los hogares de bajos ingresos.
  • No se concederán incentivos para la instalación de calderas de combustibles fósiles a partir de 2027 y los gobiernos podrán prohibir el uso de combustibles fósiles en los edificios. Se recompensará las mejores tecnologías, como las bombas de calor reversibles, redes de refrigeración de distrito y refrigeración solar.
  • Se fomentará el uso de las aplicaciones inteligentes para que los edificios funcionen con la mayor eficiencia energética y se creen bases de datos digitales de los edificios, incluyendo las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos en edificios.

El objetivo que se pretende es duplicar la tasa anual de rehabilitación para 2030 priorizando la descarbonización de la calefacción y refrigeración, reducción de la pobreza energética y de los edificios más ineficientes y la rehabilitación de los edificios públicos. 

Aplicación del principio de “primero, la eficiencia energética” en la edificación

La Recomendación (UE) 2021/1749 de la Comisión Europea sobre la aplicación práctica del principio de “primero, la eficiencia energética” explica cómo la eficiencia energética es el objetivo energético y climático más importante y que los recursos desde el lado de la demanda han de formar parte de la planificación energética integrada, pues la eficiencia energética es la base de la flexibilidad del sistema energético.

"La eficiencia energética es el objetivo energético y climático más importante".

En primer lugar, se proponen para el sector de la edificación medidas que se orientan hacia la integración de los edificios en el sistema eléctrico: inclusión de las rehabilitaciones de edificios en las subastas de renovables, acceso de los edificios y agregadores a los mercados de capacidad, modular el precio de la electricidad para incentivar la gestión de la demanda, el almacenamiento de electricidad y calor en los edificios, obligación de infraestructuras de recarga (carga bidireccional), sistemas inteligentes de gestión energética que integren los recursos energéticos distribuidos, vincular la localización de los edificios al potencial de energías renovables, reducción de la demanda priorizando la actuación en la envolvente.

En segundo lugar, medidas que proponen incorporar la eficiencia energética y el ciclo de vida del edificio a la financiación de la rehabilitación: planes de financiación que incluyan las hipotecas de eficiencia energética, vincular la financiación al indicador de preparación para aplicaciones inteligentes del edificio y a las auditorías ex post de los ahorros obtenidos, contratos de rendimiento energético para asegurar las ganancias de eficiencia energética, sistemas de información sobre consumo de energía a través de los contadores inteligentes y bases de datos de eficiencia energética de los edificios. 

Estrategias locales de rehabilitación

Las medidas para eliminar barreras y acelerar la cadena de la rehabilitación están en las directivas europeas. Ahora se crearán estándares más exigentes para elevar la tasa de rehabilitación por su vinculación con la descarbonización de los sectores difusos para 2030. El retraso de España puede corregirse o aumentar en la medida que los instrumentos de eficiencia energética se incorporen a la regulación eléctrica y se aproveche la oportunidad de que las competencias exclusivas en urbanismo y vivienda corresponden a las comunidades autónomas y ayuntamientos.

Este hecho afectó de forma negativa a la aplicación de la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, parcialmente inconstitucional por conflicto competencial. El impulso a la rehabilitación energética debe partir de la iniciativa local y regional y de las estrategias y ordenanzas locales de rehabilitación que deberán incorporar los principios de las directivas europeas en sus normas y licencias porque tienen competencias para ello. Si hay autonomías y ayuntamientos que lo están haciendo, todos pueden hacerlo.

 
Modificado por última vez enLunes, 07 Agosto 2023 11:23

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